lunes, 19 de abril de 2010

Hoy, 19 de abril de 2010, se cumple el último plazo del RD 1720/2007

Hoy hace dos años de la entrada en vigor del RD 1720/2007. En su virtud se ha cumplido el último de los plazos que la Disposición Transitoria 2ª de dicha norma establecía en relación a la adaptación al nuevo Reglamento de la LOPD aprobado por la misma; en este caso para los FICHEROS -preexistentes a su entrada en vigor- NO AUTOMATIZADOS DE NIVEL ALTO.

martes, 9 de febrero de 2010

Nueva y útil herramienta para saber dónde estamos

La Agencia Española de Protección de Datos ha creado y puesto a disposición a través de internet una aplicación on line para evaluar el grado de cumplimiento tanto de la LOPD (Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal) como de las Medidas de Seguridad de obligada implantación. La aplicación web se autodenomina "EVALUA", y consiste en una batería de preguntas tipo encuesta cuyas respuestas, al final del cuestionario, terminan con la elaboración de un informe de situación en pdf.

Medidas de seguridad a adoptar por ficheros con datos académicos

Traigo a colación un reciente y breve informe de la Agencia Española de Protección de Datos que deja meridianamete claro en no más de tres páginas escasas qué niveles de seguridad se deberán aplicar a los ficheros de los centros educativos dependiendo del tipo de datos a que se refieran los mismos. Ver informe.

martes, 12 de enero de 2010

Evaluación psicotécnica de los alumnos

Los datos de evaluación psicotécnica de aptitudes,
características de personalidad y preferencias profesionales de los alumnos, tienen la naturaleza de Dato relativo a la salud por lo que se les aplicará el Nivel de Seguridad Alto y se requerirá consentimiento expreso del alumno (si es mayor de 14 años) ó de padres y/o tutores (si es menor de dicha edad). Vide Informe de la AEPD.

Nuevo interesante Informe de la AEPD

Merece una nueva entrada el interesantísimo Informe Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos emitido en base a una consulta que plantea la duda sobre qué medidas de seguridad deben aplicarse al campus virtual de que dispone la consultante y en el que se introducen actas
de evaluación, calificaciones, observaciones académicas, procesos y
circunstancias concurrentes en los resultados finales de sus alumnos, así como
un servicio de correo electrónico y mensajería.